Ayudas para la realización de actividades culturales relacionadas con la cinematografía por entidades sin ánimo de lucro.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte lanza la convocatoria de ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para la realización de actividades culturales relacionadas con el teatro, la música, la danza, la cinematografía, las artes visuales y la moda como disciplina creativa en la Comunidad de Madrid en 2022.
Una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva cuyo plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 6 de abril. Dispone de una dotación de 500.000 euros, de los cuales 400.000 están destinados a actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía.
Beneficiarios
Para ser beneficiario de esta convocatoria se pueden presentar las entidades culturales privadas sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar inscritos en el Registro autonómico o nacional con una antigüedad mínima de dos años.
- Realizar la actividad objeto de subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- No ser beneficiario de una subvención con asignación nominativa en la Ley de Presupuestos vigente en el año de concesión de las ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual.
- No estar incurso en alguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
Objeto
Se convocan ayudas para la realización de actividades culturales, entre ellas las relacionadas con la cinematografía. El proyecto específico de la actividad para la que se formula la solicitud deberá tener lugar dentro del periodo computable, que será desde el 1 de diciembre de 2021 al 30 de noviembre de 2022.
Se adjuntará el presupuesto de gasto y la financiación prevista para el mismo, junto a una memoria de las actividades culturales realizadas en los dos años anteriores. No serán subvencionables los gastos de mantenimiento y de funcionamiento ordinario de la entidad ni comidas y gastos de representación.
Criterios de valoración
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Interés cultural del proyecto teniendo en cuenta su calidad, su originalidad y la repercusión en la creación de nuevos públicos.
- Trayectoria de la entidad en la realización de actividades culturales.
- Continuidad en el tiempo de la manifestación cultural para la que se solicita la ayuda.
- El número de socios.
- El destino del proyecto: para el entorno de la propia entidad, para colectivos específicos o para la Comunidad en general.
Convocatoria de Ayudas a entidades culturales privadas
Plazo del 17 de marzo hasta 6 de abril
Tramitación
Extracto Convocatoria
Bases Reguladoras